
El plazo municipal para que las comisiones falleras pidan autorizaciones de ocupación de la vía pública para las Fallas de 2027 comienza el 13 de octubre y termina el 30 de noviembre de 2026, ambos días incluidos. La sede electrónica muestra ya abiertos los trámites para las carpas y zonas de actividad o de fuegos, los mercadillos y puestos de alimentación, y las paradas de buñuelos. La fecha común facilita organizar el expediente, pero no equivale a un único permiso: cada instalación tiene su solicitud y algunos documentos deben reunirse de forma coordinada.
El Ayuntamiento adelanta el calendario por segundo año consecutivo. También advierte de que las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas. Para las comisiones, eso hace útil empezar por un inventario de lo que se quiere colocar en la calle y por revisar qué cambió desde el ejercicio anterior, antes de rellenar formularios o encargar planos.
Tres trámites que conviene distinguir
El procedimiento CU.FC.100 se utiliza para solicitar la zona de actividades, la zona de fuegos y la instalación de carpa. Está dirigido a las comisiones de la ciudad de València integradas en la Junta Central Fallera y con capacidad jurídica para tramitar la autorización.
Los puestos de venta y consumo de alimentos y los mercadillos tienen un procedimiento propio, el CU.FC.130. Las paradas de buñuelos y masas fritas también cuentan con una autorización específica. La sede municipal aclara que presentar el CU.FC.100 no concede por sí solo permiso para mercadillos, puestos de comida ni buñolerías. Una comisión que prevea varias instalaciones debe identificar todos los trámites que le corresponden y presentar cada solicitud en su apartado.
La presentación se realiza en la sede electrónica municipal. Si la presidencia delega la gestión en otra persona, hay que adjuntar el documento de apoderamiento previsto para ese supuesto. La declaración responsable de actividades falleras forma parte del expediente de zonas y carpa. Para los puestos de alimentación, la presidencia debe reunir la declaración responsable de cada titular y conservarla para ponerla a disposición de Sanidad o de la Policía Local si la requieren. El formulario de mercadillos no exige adjuntar esas declaraciones de los vendedores al presentarlo.
El plano general debe reflejar toda la ocupación
La solicitud de mercadillos y puestos de comida debe apoyarse en un único plano, presentado dentro del CU.FC.100, en el que aparezcan todas las instalaciones y su ubicación exacta. El dibujo debe incluir también los puestos comerciales y alimentarios, no solo la carpa o la zona de actividad. Además, esos puestos tienen que quedar dentro de la zona de actividades y representados fielmente.
El Ayuntamiento recomienda consultar el Geoportal municipal y los planos usados en años anteriores antes de fijar la distribución. Esa revisión permite ver qué ubicaciones e instalaciones constan del último ejercicio y detectar cambios que pueden exigir documentación técnica. Para una carpa se pide plano de sección en todos los casos. Si se estrena una carpa, cambian sus dimensiones o se propone otro emplazamiento, la sede contempla además la aportación, previo requerimiento del Servicio de Cultura Festiva, del proyecto de instalación y actividad junto con el plan de emergencia o de autoprotección.
El trámite también especifica cuándo debe presentarse un plano acotado, actualizado, a escala 1:200 y firmado por una persona técnica competente. Se exige, entre otros supuestos, cuando se cambia de emplazamiento o se modifican instalaciones respecto a las que figuran en el Geoportal. Comprobar estas condiciones antes de cerrar la propuesta ayuda a saber si basta con actualizar la distribución o si hace falta preparar un documento técnico nuevo.
Los límites afectan a puestos y emplazamientos
Por cada demarcación fallera, el Ayuntamiento prevé autorizar un monumento principal y uno infantil, una carpa, una zona de fuegos, una zona de actividades y una parada de buñuelos o masas fritas. En cuanto a la venta, el máximo es de 20 puestos en total, con un límite de 10 puestos de alimentación y de cuatro que elaboren o manipulen comida. No se autorizan puestos de venta de bebidas, por lo que quedan excluidas las llamadas mojiterías.
Cada puesto autorizado no puede superar los ocho metros de largo por tres de ancho, ni los 3,5 metros de altura. Si ocupa una planta rectangular con ambas medidas máximas, la huella llega a 24 metros cuadrados. La ubicación también puede condicionarse si afecta a edificios o monumentos protegidos. El Ayuntamiento remite a las reglas de patrimonio para evitar elementos que dañen o dificulten la contemplación de jardines históricos y monumentos. Las zonas de fuegos y actividades deben dejar margen para que, si es necesario, los bomberos puedan acceder y maniobrar junto a los edificios.
Los actos festivos en los que se empleen artículos pirotécnicos conservan, además, el requisito de solicitarse con un mínimo de 30 días naturales de antelación. Es un plazo ligado a la fecha de cada manifestación, que debe revisarse junto con la autorización de ocupación que corresponda.
Qué revisar antes de presentar la solicitud
La comisión puede empezar por confirmar qué elementos necesita, comprobar en el Geoportal si mantiene la distribución anterior y señalar los cambios de carpas, puestos o emplazamientos. Después debe completar los formularios correspondientes, reunir las declaraciones responsables y los documentos técnicos que exija su caso, y presentar todas las solicitudes antes del 30 de noviembre. La fecha final está incluida, pero el Ayuntamiento avisa de que no admitirá expedientes fuera de plazo.
La Carpeta Ciudadana de la sede permite consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar documentación adicional si el Ayuntamiento la pide. Conservar allí los justificantes ayuda a comprobar qué solicitudes se han registrado y qué instalaciones cubre cada expediente. La autorización definitiva depende de la revisión municipal, así que presentar los formularios no debe confundirse con tener ya aprobada la ocupación solicitada.