
El Ayuntamiento de València mantiene en su agenda la convocatoria del pleno extraordinario del 2 de noviembre a las 12:00. El expediente E-00901-2026-015327-00 recoge como único punto del orden del día el sorteo para designar a las personas que integrarán las mesas de las elecciones generales del 29 de noviembre. La agenda y el documento firmado acreditan la convocatoria, pero no confirman que la sesión llegara a celebrarse ni muestran el resultado.
En la consulta del portal municipal de plenos, la grabación más reciente visible corresponde a la sesión ordinaria del 30 de octubre. No aparece una ficha del extraordinario del 2 de noviembre. El reproductor enlazado desde la página oficial de retransmisiones muestra la indicación Modo test activado. Con ese estado documental no se puede verificar si el sorteo se ejecutó ni conocer quién resultó elegido. La agenda confirma qué estaba convocado, no el desenlace.
Qué establece la convocatoria municipal
La ficha de actividad política del Ayuntamiento mantiene el pleno extraordinario a las 12:00 y el orden del día le asigna un solo asunto. El documento firmado por la Secretaría General del Pleno identifica el expediente y describe el punto como el sorteo para la designación de las personas que integrarán las mesas electorales de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. No incluye una relación de nombramientos ni anuncia un sistema de consulta del resultado.
La fecha encaja en el calendario electoral. La votación de Congreso y Senado está fijada para el domingo 29 de noviembre, y la normativa sitúa los sorteos de las mesas entre el vigésimo quinto y el vigésimo noveno día posterior a la convocatoria. El Gobierno recoge para este proceso el periodo del 31 de octubre al 4 de noviembre. La sesión de València figura dentro de ese intervalo, aunque esa coincidencia no sustituye la confirmación de lo ocurrido en el pleno.
La formación de las mesas corresponde a los ayuntamientos, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona. En València, por tanto, la agenda municipal sitúa el sorteo dentro de una responsabilidad local que se aplica sección censal por sección censal. No se trata de escoger a cualquier vecino ni de una decisión de los partidos. El sorteo se realiza entre las personas inscritas como electoras en la sección de cada mesa.
Qué implica el sorteo para cada elector
Cada mesa tiene una presidencia y dos vocalías. Para cada uno de esos tres puestos se nombran dos suplentes, nueve personas en total entre titulares y sustitutas. La mesa es común cuando concurren elecciones al Congreso y al Senado, de modo que la jornada del 29 de noviembre no requiere una segunda selección para la otra Cámara.
Puede entrar en el sorteo quien figure en la lista de electores de la mesa correspondiente, sepa leer y escribir y tenga menos de 70 años. La persona que ocupe la presidencia debe contar además con el título de Bachillerato o de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente con el Graduado Escolar o una titulación equivalente. Las personas a partir de los 65 años pueden manifestar su renuncia dentro del plazo legal de siete días. Quienes concurran como candidatos no pueden desempeñar estos cargos.
La convocatoria no deja saber si una persona concreta fue incluida en el resultado. Tampoco basta con conocer el colegio o la mesa en la que le corresponde votar. Son trámites distintos: el dato censal identifica el lugar de votación, mientras que la designación para integrar la mesa corresponde al sorteo y a su comunicación posterior.
Cómo se notifican las designaciones
La normativa exige que la designación como presidente o vocal se notifique a las personas interesadas en un plazo de tres días. Junto con el aviso se entrega un manual con las instrucciones para desempeñar el cargo. El calendario oficial del 29N sitúa las notificaciones en esos tres días a partir del sorteo. La convocatoria de València no concreta el canal que utilizaría el Ayuntamiento ni anuncia un buscador para consultar nombres.
La obligación de notificar no equivale a publicar en abierto una lista de personas elegidas. Las páginas municipales consultadas no muestran tal relación y tampoco acreditan que la sesión se haya celebrado. Por ello, la vía formal que puede darse por confirmada es la notificación a quienes hayan sido designados, con el manual correspondiente. No hay base en la convocatoria para asegurar si el aviso llegará por carta, correo electrónico, llamada o una herramienta web.
La consulta censal del Instituto Nacional de Estadística responde a otra pregunta. Su sede electrónica permite revisar datos de inscripción y, para las personas residentes en España, localizar el colegio y la mesa donde votar. Esa consulta no identifica por sí sola a quienes han sido designados como titulares o suplentes. Si aparece un nombramiento, el documento de notificación es el que permite saber el puesto asignado y el plazo aplicable.
Plazos para alegar una causa justificada
Los cargos de presidencia y vocalía son obligatorios. Quien reciba un nombramiento y tenga un impedimento puede presentar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada dentro de los siete días siguientes a la notificación. La Junta valora las circunstancias y decide si acepta la alegación. Presentarla no produce una exención automática.
Para las personas de 65 años o más existe también la posibilidad de manifestar la renuncia dentro del plazo legal de siete días. Como el límite general del sorteo es ser menor de 70 años, esta opción afecta a quienes tienen entre 65 y 69 años. La regla no depende de que conozcan el resultado a través de una publicación en internet, sino del nombramiento y de la comunicación que reciban.
La información pública disponible permite distinguir tres cosas: el Ayuntamiento conserva la convocatoria del sorteo como punto único del pleno del 2 de noviembre, el portal municipal aún no muestra la grabación de esa sesión y la normativa fija cómo se notifican las designaciones y qué plazo existe para alegar. Ninguna de esas páginas confirma por sí sola que el sorteo se ejecutara ni permite atribuir nombres.
Fuentes
- Ajuntament de València, convocatoria y orden del día del pleno del 2 de noviembre de 2026
- Ajuntament de València, ficha de la sesión del 2 de noviembre de 2026
- Ajuntament de València, actividad política del Pleno y fecha prevista de la sesión
- Ayuntamiento de València, grabaciones de los Plenos de 2026
- Ajuntament de València, página oficial de retransmisiones y vídeos
- Reproductor enlazado desde la página oficial de retransmisiones
- Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, artículos 25 a 27
- La Moncloa, guía del proceso electoral de las generales del 29N
- Real Decreto 806/2026, de convocatoria de elecciones generales
- El Periódico de Aquí, fechas del sorteo y notificaciones en la Comunitat Valenciana